15 de Abril 2024

La Presidencia de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas M.P. (en adelante CSIC) ha resuelto convocar 300 becas con el objetivo de introducir a la investigación a estudiantes universitarios.

Las becas tendrán una duración de siete meses consecutivos, iniciándose el primer día del mes una vez resueltas las becas, una dotación económica total de 4.200 € considerada como ayuda económica para la formación (será abonada mensualmente). El promedio de dedicación de las personas beneficiarias de la beca en las EI del CSIC será de 20 horas semanales.

Plazo de presentación de solicitudes: El plazo de presentación de las solicitudes será de un mes, a contar desde el día siguiente al de la fecha de publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado (BOE). PUBLICADO el 19/04/2024.

Web de la convocatoria: https://sede.csic.gob.es/intro2024

Aplicación web de registro de las solicitudes: https://www.convocatorias.csic.es/convoca/

Oferta de Plazas en el CNB

JAEINT24_EX_0096   Francisco García Del Portillo

JAEINT24_EX_0278    José María Carazo

JAEINT24_EX_0291    Carlos Alonso Blanco

JAEINT24_EX_0304    Carlos Oscar Sorzano

JAEINT24_EX_0199    Eduardo González Grandio

JAEINT24_EX_0595    José Ruiz Castón

JAEINT24_EX_0688    Sandra Fonseca

JAEINT24_EX_0717    José Manuel Franco

JAEINT24_EX_0295    Domingo Barber

JAEINT24_EX_0343    Yolanda R. Carrasco

JAEINT24_EX_0463    Adrián Valli

JAEINT24_EX_0818    Juan Antonio García Álvarez

JAEINT24_EX_0382    Juan Nogales Enrique

JAEINT24_EX_0755    Damián Lobato

JAEINT24_EX_1067    Luis Ángel Fernández

JAEINT24_EX_1026    José Ramon Naranjo

JAEINT24_EX_1123    Susanna Manrubia

JAEINT24_EX_1155    Celia Perales

JAEINT24_EX_0985    Mercedes Ricote

JAEINT24_EX_0604    Leonor Kremer

JAEINT24_EX_0126    Carmen San Martín

JAEINT24_EX_1131    Gabriela Nerida Condezo

JAEINT24_EX_1201    Karel Van Wely

JAEINT24_EX_0122    Jorge Vicente

JAEINT24_EX_1228    Esther González Almela

JAEINT24_EX_0547    Selena Giménez

JAEINT24_EX_0899    Mar Valés

JAEINT24_EX_0106    Marta Nieto

JAEINT24_EX_0943    Daniel López

JAEINT24_EX_1385    Mónica Chagoyen

JAEINT24_EX_1387    Lluís Montoliú

JAEINT24_EX_1331    Pablo Herrera Nieto

JAEINT24_EX_1414    Jose Gallardo Hernanz

JAEINT24_EX_0221    Antonio Leyva

JAEINT24_EX_1446    Alberto Pascual

JAEINT24_EX_0538    Esther Ortega Portero

JAEINT24_EX_1130    Juan Poyatos

JAEINT24_EX_1480    Pilar Cubas

JAEINT24_EX_1491    Urtzi Garaigorta

JAEINT24_EX_1505    Mark van Raaij

JAEINT24_EX_1473    Luís F. Seoane

JAEINT24_EX_1562    Ruben Garcia Martin

JAEINT24_EX_1548    Hugh Reyburn

JAEINT24_EX_1194    David Alejandro Juan Sopeña

JAEINT24_EX_1553    Enrique Rojo

Requisitos de los participantes:

Podrán acceder a la condición de persona beneficiaria de estas becas las personas físicas mayores de edad, de nacionalidad española, los nacionales de los Estados miembros de la Unión Europea y de los Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, y extranjeros, que reúnan y acrediten los siguientes requisitos en el momento de presentar la solicitud:
Requisitos Académicos: Podrán ser solicitantes todas aquellas personas que:

Estén matriculadas en un grado, titulo universitario oficial, de 240 “European Credit Transfer and Accumulation System” (en adelante ECTS), en el curso académico 2023-2024, y que tengan al menos 180 créditos ECTS o el 75% completados correspondientes al grado que estén realizando.
Estén matriculadas en un grado, titulo universitario oficial, de al menos 300 ECTSen el curso 2023-2024 y que tengan al menos 240 ECTS o el 80% completados correspondientes al grado que estén realizando.
Estén matriculadas en un doble grado, titulo universitario oficial, de 300 ECTS o más 2023-2024 y que tengan al menos 240 ECTS o el 80% completados correspondientes al grado que estén realizando.
Estén matriculadas en un Máster Universitario oficial durante el curso académico o 2024-2025.

No estar en posesión o en disposición legal de obtener un título académico de Doctor/a.
No haber sido beneficiaria de una beca
del programa JAE
No haber disfrutado de una ayuda para un contrato de investigación.

III. Requisitos relativos a la nota media mínima del expediente académico:

– Para los estudios a los que se aplique el Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, por el que se establece la organización de las enseñanzas universitarias y del procedimiento de aseguramiento de su calidad:

  • Acreditar una nota media de grado o licenciatura, en una escala decimal de 0-10 y con 2 decimales, igual o superior a 7,50 para todos los ámbitos de conocimiento, excepto para estudios de doble grado y pertenecientes los ámbitos de industrias culturales: diseño, animación, cinematografía y producción audiovisual; ingeniería eléctrica, ingeniería electrónica e ingeniería de la telecomunicación; ingeniería industrial, ingeniería mecánica, ingeniería automática, ingeniería de la organización industrial e ingeniería de la navegación; ingeniería informática y de sistemas; ingeniería química, ingeniería de los materiales e ingeniería del medio natural que será igual o superior a 6,50.

– Para los estudios a los que se aplique el Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales:

  • Acreditar una nota media de grado o licenciatura, en una escala decimal de 0-10 y con 2 decimales, igual o superior a 7,50 para todas las ramas deconocimiento, excepto para estudios de doble grado y los grados pertenecientes a rama del conocimiento de Ingeniería y Arquitectura que será igual o superior a 6,50.

Los solicitantes que no hayan finalizado los estudios de grado deberán acreditar estas notas medias para los créditos obtenidos hasta la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

Requisitos relativos al personal investigador tutor del plan de formación:

Haber presentado previamente un plan de formación para ser elegido y cumplir con uno de los siguientes requisitos:

  • Personal investigador doctor perteneciente al CSIC, mediante relación funcionarial o laboral fija.
  • Personal investigador doctor perteneciente a una Universidad, mediante relación funcionarial o laboral fija.
  • Personal investigador con una relación laboral de carácter indefinido o temporal para cuya contratación se haya exigido estar en posesión del título de doctor y con contrato vigente hasta el 30 de Junio de 2023.
  • Personal investigador doctor, vinculado mediante convenio u otro instrumento al CSIC, ya sea con carácter indefinido o temporal.

– El personal investigador tutor del plan de formación únicamente podrá supervisar o dirigir a una persona beneficiaria en esta convocatoria.

Formalización de las solicitudes:

En la solicitud telemática, el solicitante deberá seleccionar, a su libre elección, una sola área global del CSIC (Vida, Sociedad o Materia https://www.csic.es/es/investigacion/areas-y-produccion-cientifica) en la que su solicitud será adscrita y evaluada. Cada persona podrá presentar únicamente una solicitud de participación

Junto a la solicitud generada, los solicitantes deberán adjuntar:

a) Documento acreditativo de identidad vigente. En caso de solicitantes extranjeros no comunitarios que carezcan de permiso de residencia, su pasaporte.

b) Documento acreditativo de los requisitos I y III:

    1) Para todas aquellas personas que matriculadas en un grado o un doble grado en el curso académico 2023-2024certificación académica personal o expediente académico, que conste: el número total de créditos obtenidos hasta el momento de la presentación de la solicitud, la nota media correspondiente en dichos estudios, en la escala decimal de 0-10 con 2 decimales y el número total de créditos ECTS necesarios para obtener la titulación.

    2) Para las personas solicitantes que hayan finalizado los estudios universitarios de grado o doble grado, la certificación académica personal expedida y firmada por la Universidad, en la que conste: el número total de créditos obtenidos hasta el momento de la presentación de la solicitud; la nota media correspondiente en dichos estudios, en la escala decimal de 0-10 con 2 decimales.

    3) En el caso de estudios cursados, parcial o totalmente, en sistemas universitarios extranjeros, la declaración de equivalencia tramitada en línea según procedimiento del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades disponible en https://www.universidades.gob.es/equivalencia-de-notas-medias-de-estudiosuniversitarios-realizados-en-centros-extranjeros/ junto con el certificado indicado en el punto 9.4.b) I) de la convocatoria adjunta.

    4) Documentación acreditativa de los méritos que desee que sean valorados, según el artículo 11.8.b, CV y formación complementaria acreditada de la persona solicitante.

    5) En caso de no estar matriculado en un grado en el curso académico 2023-2024 se deberá aportar: documento acreditativo de estar matriculado en el curso académico 2023-2024 o 2024-2025 en un Máster Universitario oficial.

c) Documento acreditativo del requisito II: Declaración responsable, según modelo que figura en la dirección de Internet (https://sede.csic.gob.es/intro2024), de reunir los siguientes requisitos en la fecha de terminación del plazo de presentación hasta la formalización de la beca:

  • No estar en posesión o en disposición legal de obtener un título académico de Doctor.
  • No haber sido persona beneficiaria de una beca JAE en convocatorias anteriores.
  • No haber disfrutado de una ayuda para un contrato de investigación.

d) Las personas en situación de discapacidad deben hacerlo constar en el formulario de solicitud y adjuntar documento acreditativo de que tienen reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento.

– La persona solicitante deberá comunicar al órgano instructor las posibles alteraciones de las circunstancias recogidas en dicha declaración. La modificación de las circunstancias recogidas en la declaración dará lugar al incumplimiento de los requisitos de participación por parte del solicitante.

– Con carácter general, la presentación efectiva de la solicitud generada se realizará mediante la firma electrónica del interesado y a través de la aplicación telemática disponible en los servidores de información del CSIC. El sistema de firma electrónica deberá cumplir los requisitos establecidos en el artículo 23.

– En el caso de una persona física residente en el extranjero que no opte por la utilización de un sistema de firma electrónica avanzadaimprimirá los documentos que genere automáticamente la aplicación telemática donde consignará la firma original y se presentarán en la aplicación telemática disponible en los servidores de información del CSIC.