15 de Abril 2024
La Presidencia de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas M.P. (en adelante CSIC) ha resuelto convocar 300 becas con el objetivo de introducir a la investigación a estudiantes universitarios.
Las becas tendrán una duración de siete meses consecutivos, iniciándose el primer día del mes una vez resueltas las becas, una dotación económica total de 4.200 € considerada como ayuda económica para la formación (será abonada mensualmente). El promedio de dedicación de las personas beneficiarias de la beca en las EI del CSIC será de 20 horas semanales.
Plazo de presentación de solicitudes: El plazo de presentación de las solicitudes será de un mes, a contar desde el día siguiente al de la fecha de publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado (BOE). PUBLICADO el 19/04/2024.
Web de la convocatoria: https://sede.csic.gob.es/intro2024
Aplicación web de registro de las solicitudes: https://www.convocatorias.csic.es/convoca/
Oferta de Plazas en el CNB
JAEINT24_EX_0096 Francisco García Del Portillo
JAEINT24_EX_0278 José María Carazo
JAEINT24_EX_0291 Carlos Alonso Blanco
JAEINT24_EX_0304 Carlos Oscar Sorzano
JAEINT24_EX_0199 Eduardo González Grandio
JAEINT24_EX_0595 José Ruiz Castón
JAEINT24_EX_0688 Sandra Fonseca
JAEINT24_EX_0717 José Manuel Franco
JAEINT24_EX_0295 Domingo Barber
JAEINT24_EX_0343 Yolanda R. Carrasco
JAEINT24_EX_0463 Adrián Valli
JAEINT24_EX_0818 Juan Antonio García Álvarez
JAEINT24_EX_0382 Juan Nogales Enrique
JAEINT24_EX_0755 Damián Lobato
JAEINT24_EX_1067 Luis Ángel Fernández
JAEINT24_EX_1026 José Ramon Naranjo
JAEINT24_EX_1123 Susanna Manrubia
JAEINT24_EX_1155 Celia Perales
JAEINT24_EX_0985 Mercedes Ricote
JAEINT24_EX_0604 Leonor Kremer
JAEINT24_EX_0126 Carmen San Martín
JAEINT24_EX_1131 Gabriela Nerida Condezo
JAEINT24_EX_1201 Karel Van Wely
JAEINT24_EX_0122 Jorge Vicente
JAEINT24_EX_1228 Esther González Almela
JAEINT24_EX_0547 Selena Giménez
JAEINT24_EX_0899 Mar Valés
JAEINT24_EX_0106 Marta Nieto
JAEINT24_EX_0943 Daniel López
JAEINT24_EX_1385 Mónica Chagoyen
JAEINT24_EX_1387 Lluís Montoliú
JAEINT24_EX_1331 Pablo Herrera Nieto
JAEINT24_EX_1414 Jose Gallardo Hernanz
JAEINT24_EX_0221 Antonio Leyva
JAEINT24_EX_1446 Alberto Pascual
JAEINT24_EX_0538 Esther Ortega Portero
JAEINT24_EX_1130 Juan Poyatos
JAEINT24_EX_1480 Pilar Cubas
JAEINT24_EX_1491 Urtzi Garaigorta
JAEINT24_EX_1505 Mark van Raaij
JAEINT24_EX_1473 Luís F. Seoane
JAEINT24_EX_1562 Ruben Garcia Martin
JAEINT24_EX_1548 Hugh Reyburn
JAEINT24_EX_1194 David Alejandro Juan Sopeña
JAEINT24_EX_1553 Enrique Rojo
Requisitos de los participantes:
Podrán acceder a la condición de persona beneficiaria de estas becas las personas físicas mayores de edad, de nacionalidad española, los nacionales de los Estados miembros de la Unión Europea y de los Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, y extranjeros, que reúnan y acrediten los siguientes requisitos en el momento de presentar la solicitud:
Requisitos Académicos: Podrán ser solicitantes todas aquellas personas que:
Estén matriculadas en un grado, titulo universitario oficial, de 240 “European Credit Transfer and Accumulation System” (en adelante ECTS), en el curso académico 2023-2024, y que tengan al menos 180 créditos ECTS o el 75% completados correspondientes al grado que estén realizando.
Estén matriculadas en un grado, titulo universitario oficial, de al menos 300 ECTSen el curso 2023-2024 y que tengan al menos 240 ECTS o el 80% completados correspondientes al grado que estén realizando.
Estén matriculadas en un doble grado, titulo universitario oficial, de 300 ECTS o más 2023-2024 y que tengan al menos 240 ECTS o el 80% completados correspondientes al grado que estén realizando.
Estén matriculadas en un Máster Universitario oficial durante el curso académico o 2024-2025.
No estar en posesión o en disposición legal de obtener un título académico de Doctor/a.
No haber sido beneficiaria de una beca
del programa JAE
No haber disfrutado de una ayuda para un contrato de investigación.
III. Requisitos relativos a la nota media mínima del expediente académico:
– Para los estudios a los que se aplique el Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, por el que se establece la organización de las enseñanzas universitarias y del procedimiento de aseguramiento de su calidad:
- Acreditar una nota media de grado o licenciatura, en una escala decimal de 0-10 y con 2 decimales, igual o superior a 7,50 para todos los ámbitos de conocimiento, excepto para estudios de doble grado y pertenecientes los ámbitos de industrias culturales: diseño, animación, cinematografía y producción audiovisual; ingeniería eléctrica, ingeniería electrónica e ingeniería de la telecomunicación; ingeniería industrial, ingeniería mecánica, ingeniería automática, ingeniería de la organización industrial e ingeniería de la navegación; ingeniería informática y de sistemas; ingeniería química, ingeniería de los materiales e ingeniería del medio natural que será igual o superior a 6,50.
– Para los estudios a los que se aplique el Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales:
- Acreditar una nota media de grado o licenciatura, en una escala decimal de 0-10 y con 2 decimales, igual o superior a 7,50 para todas las ramas deconocimiento, excepto para estudios de doble grado y los grados pertenecientes a rama del conocimiento de Ingeniería y Arquitectura que será igual o superior a 6,50.
–Los solicitantes que no hayan finalizado los estudios de grado deberán acreditar estas notas medias para los créditos obtenidos hasta la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
Requisitos relativos al personal investigador tutor del plan de formación:
Haber presentado previamente un plan de formación para ser elegido y cumplir con uno de los siguientes requisitos:
- Personal investigador doctor perteneciente al CSIC, mediante relación funcionarial o laboral fija.
- Personal investigador doctor perteneciente a una Universidad, mediante relación funcionarial o laboral fija.
- Personal investigador con una relación laboral de carácter indefinido o temporal para cuya contratación se haya exigido estar en posesión del título de doctor y con contrato vigente hasta el 30 de Junio de 2023.
- Personal investigador doctor, vinculado mediante convenio u otro instrumento al CSIC, ya sea con carácter indefinido o temporal.
– El personal investigador tutor del plan de formación únicamente podrá supervisar o dirigir a una persona beneficiaria en esta convocatoria.
Formalización de las solicitudes:
En la solicitud telemática, el solicitante deberá seleccionar, a su libre elección, una sola área global del CSIC (Vida, Sociedad o Materia https://www.csic.es/es/investigacion/areas-y-produccion-cientifica) en la que su solicitud será adscrita y evaluada. Cada persona podrá presentar únicamente una solicitud de participación.
Junto a la solicitud generada, los solicitantes deberán adjuntar:
a) Documento acreditativo de identidad vigente. En caso de solicitantes extranjeros no comunitarios que carezcan de permiso de residencia, su pasaporte.
b) Documento acreditativo de los requisitos I y III:
1) Para todas aquellas personas que matriculadas en un grado o un doble grado en el curso académico 2023-2024, certificación académica personal o expediente académico, que conste: el número total de créditos obtenidos hasta el momento de la presentación de la solicitud, la nota media correspondiente en dichos estudios, en la escala decimal de 0-10 con 2 decimales y el número total de créditos ECTS necesarios para obtener la titulación.
2) Para las personas solicitantes que hayan finalizado los estudios universitarios de grado o doble grado, la certificación académica personal expedida y firmada por la Universidad, en la que conste: el número total de créditos obtenidos hasta el momento de la presentación de la solicitud; la nota media correspondiente en dichos estudios, en la escala decimal de 0-10 con 2 decimales.
3) En el caso de estudios cursados, parcial o totalmente, en sistemas universitarios extranjeros, la declaración de equivalencia tramitada en línea según procedimiento del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades disponible en https://www.universidades.gob.es/equivalencia-de-notas-medias-de-estudiosuniversitarios-realizados-en-centros-extranjeros/ junto con el certificado indicado en el punto 9.4.b) I) de la convocatoria adjunta.
4) Documentación acreditativa de los méritos que desee que sean valorados, según el artículo 11.8.b, CV y formación complementaria acreditada de la persona solicitante.
5) En caso de no estar matriculado en un grado en el curso académico 2023-2024 se deberá aportar: documento acreditativo de estar matriculado en el curso académico 2023-2024 o 2024-2025 en un Máster Universitario oficial.
c) Documento acreditativo del requisito II: Declaración responsable, según modelo que figura en la dirección de Internet (https://sede.csic.gob.es/intro2024), de reunir los siguientes requisitos en la fecha de terminación del plazo de presentación hasta la formalización de la beca:
- No estar en posesión o en disposición legal de obtener un título académico de Doctor.
- No haber sido persona beneficiaria de una beca JAE en convocatorias anteriores.
- No haber disfrutado de una ayuda para un contrato de investigación.
d) Las personas en situación de discapacidad deben hacerlo constar en el formulario de solicitud y adjuntar documento acreditativo de que tienen reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento.
– La persona solicitante deberá comunicar al órgano instructor las posibles alteraciones de las circunstancias recogidas en dicha declaración. La modificación de las circunstancias recogidas en la declaración dará lugar al incumplimiento de los requisitos de participación por parte del solicitante.
– Con carácter general, la presentación efectiva de la solicitud generada se realizará mediante la firma electrónica del interesado y a través de la aplicación telemática disponible en los servidores de información del CSIC. El sistema de firma electrónica deberá cumplir los requisitos establecidos en el artículo 23.
– En el caso de una persona física residente en el extranjero que no opte por la utilización de un sistema de firma electrónica avanzada, imprimirá los documentos que genere automáticamente la aplicación telemática donde consignará la firma original y se presentarán en la aplicación telemática disponible en los servidores de información del CSIC.
